AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-O

Fecha: 26-Feb-2015

III.3.  Análisis de la denuncia

En el presente caso, Germán Isidro Canqui denuncia desobediencia e incumplimiento a la Resolución 09/13 de 4 de junio de 2013 y su “Auto de Complementación y Enmienda” por parte de las autoridades demandadas; Resolución que fue confirmada a través de la SCP 1812/2013 de 21 de noviembre, alegando que no se pronunciaron respecto a la restitución a su cargo, a fin de que su persona pueda tener certidumbre con relación a su situación legal y de ese modo ejercitar sus derechos constitucionales; hecho que le ocasiona grave perjuicio, al encontrarse suspendido de su cargo de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Callapa, siendo viable su restitución.

En ese orden y con la finalidad de resolver de manera adecuada la problemática planteada, corresponde señalar que, de acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se pudo evidenciar que a raíz de la Resolución 09/13, emitida por la Jueza Cuarta de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, se concedió la tutela impetrada por el accionante Germán Isidro Canqui contra los Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Callapa del departamento de La Paz, respecto al derecho a la petición, disponiendo que las autoridades demandadas emitan una respuesta con relación a la petición planteada en el oficio de 7 de febrero de 2013; determinación que fue precisada mediante Auto de Complementación y Enmienda, agregando que se pronuncien respecto a la petición de restitución del accionante, conforme a las atribuciones establecidas en el art. 39 de la Ley de Municipalidades.