SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
III.4. Análisis del caso concreto
De acuerdo a los antecedentes, a través de la presente acción de amparo constitucional, los representantes legales de la accionante, denunciaron que las autoridades demandadas a través de la RA JER-17/2013 de 27 de septiembre, desconocieron las reiteradas solicitudes realizadas al SENAPI de suspensión del proceso de infracción, ante la existencia de un proceso de nulidad de registro de la marca “PATRA” (denominación y diseño) en la marca internacional 25 registrada el 26 de junio de 2007, que se está sustanciando en la misma instancia, omitiendo valorar adecuadamente la prueba, en desmedro de los principios de razonabilidad y equidad, en razón a la existencia de evidencias que no fueron valoradas por una Resolución carente de motivación y fundamentación, afectando los derechos de la accionante al debido proceso, en sus elementos razonabilidad, equidad, imparcialidad, proporcionalidad, derecho a la defensa y los principios de verdad material, valoración objetiva de la prueba, buena fe, presunción de inocencia y seguridad jurídica; solicitando al efecto que mediante esta acción se verifique que la valoración efectuada se hubiere encuadrado a los principios de razonabilidad y equidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”
- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley´
- El debido proceso es una garantía de orden constitucional, que en virtud de los efectos de irradiación de la Constitución Política del Estado, es aplicable a cualquier acto administrativo que determine algún tipo de sanción de ése carácter que produzca efectos jurídicos que indudablemente repercuten en los derechos de las personas.
- derecho a la defensa material y técnica
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- Fragmento 22
- III
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25