SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
II.2.
II.2. Impugnando el memorándum de su destitución, la ahora accionante el 29 de septiembre de 2011, presentó acción de amparo constitucional alegando la protección constitucional por su estado de embarazo, que le fue concedida por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Beni, constituida en Tribunal de garantías que dispuso su reincorporación a sus funciones hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, fallo que fue cumplido de manera inmediata.
Remitidos los antecedentes al Tribunal Constitucional, debido a la transición de dicho órgano, recién fue resuelta por la Sala Liquidadora Transitoria mediante la SCP 0673/2013-L de 18 de julio, la que revocó en parte la Resolución elevada en revisión y concedió la tutela en cuanto a los beneficios y derechos del ser en gestación hasta que cumpla un año de edad, consistente en el subsidio de lactancia y denegó en cuanto a la restitución de la accionante al cargo del cual fue retirada (por el proceso administrativo interno), con la que fue notificada el 3 de septiembre de 2013 (fs. 27 a 37).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- hasta la fecha de su destitución efectiva,
- conceder en parte
- Fragmento 18