SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

1)

El accionante por intermedio de su abogado se ratificó inextenso al tenor de su demanda y ampliándola señaló que: 1) Esta acción emerge de la Resolución 004216, que dispone la renta de vejez equivalente al 76% de su promedio salarial, renta que debía pagarse a partir de enero de 2002; sin embargo, nunca fue notificado con esta Resolución; y, 2) SENASIR, emite notas de 8 de febrero y 11 de junio de 2013, que no explicarían de manera fundamentada su pedido, que contradice la prueba           pre-constituida que establece que la notificación fue el 13 de febrero de 2009, y establezca que este derecho a caducado, vulnerando el derecho al trabajo, siendo la acción de amparo la única vía para hacer valer su derecho.