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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015-S1

    Fecha: 10-Feb-2015

    II.4.

    II.4.  Mediante Auto de Vista 11 de 24 de abril de 2014, la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, resolvió anular la sentencia impugnada, hasta que se realice con carácter previo audiencia de inspección, que señalará a la brevedad el Juez de la causa (fs. 376 a 377).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa, en su fallo, debe asegurar la estricta correspondencia entre lo peticionado y probado por las partes
    • III.2
    • los tribunales deberán pronunciarse, solo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos'.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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