Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015-S2
Fecha: 03-Feb-2015
II.1.
II.1. El Auto de Vista de 21 de febrero de 2013, que en su parte resolutiva, al amparo del art. 337 inc. 3) dispone REVOCAR parcialmente la Sentencia objeto de apelación, solamente en lo pertinente a la usucapión la misma que declaró IMPROBADA, manteniendo firme lo resuelto respecto a la declaratoria de propiedad de las mejoras (fs. 1 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al derecho al debido proceso
- III.3. El debido proceso, la fundamentación y congruencia de las resoluciones
- III.4. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR