SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2015-S1

Fecha: 11-Feb-2015

II.3.

II.3.    Por nota de 19 de abril de 2012, el accionante, en calidad de ex Presidente del Directorio de PROSIS RC en Liquidación, puso a conocimiento de YPFB, el Auto de Vista 283; señalando que, dentro del proceso social, tanto en sentencia como en el fallo de segunda instancia, se lo consignaba como representante legal, sin considerar que las empresas componentes de la sociedad de riesgo compartido; es decir, YPFB y SISTECO Ltda., al disolver su relación contractual y por tanto cesar en sus funciones de Directorio de Administración, designaron dos personas por empresa como miembros de la comisión liquidadora; por lo que, YPFB y SISTECO Ltda., debían asumir la representación legal pertinente en el proceso social de referencia (fs. 216). Igual nota curso a Sergio Asbún Yacir, por AEROSUR S.A., como socio y representante de SISTECO Ltda. (fs. 222).