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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015-S3

    Fecha: 04-Feb-2015

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial presentado el 2 de junio de 2014, por la ahora accionante ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Crúz, solicita conminatoria a la Fiscalía de Distrito para que el representante del Ministerio Público formule requerimiento conclusivo (fs. 12).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El control jurisdiccional de la investigación dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
    • en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal; es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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