SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015-S2

Fecha: 23-Feb-2015

denegado

En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 128 de la CPE; por lo que, el Tribunal de garantías, al haber denegado la acción de amparo constitucional, aunque con otros fundamentos, ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.