Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.1.
II.1. Mediante Resolución 026/13 de 10 de mayo de 2013, Marina Flores Villena, Fiscal Departamental, ratificó la Resolución Conclusiva de sobreseimiento de 18 de diciembre de 2012, al concluir que el Fiscal de Materia dio cabal y estricto cumplimiento al principio de objetividad, demostrando que los elementos probatorios eran insuficientes para sostener que el imputado cometió el delito atribuido (fs. 3 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. La acción de amparo constitucional, requisitos de admisibilidad y efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.2.1. Conexitud entre los hechos, derechos vulnerados y la causa petendi, como requisitos para su procedencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR