SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015-S3

Fecha: 20-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Aproximadamente cinco años atrás adquirieron terrenos destinados a la construcción de sus viviendas en el sector denominado “Fraccionamiento Circunvalación Zona Nor Este 1”, como segundos y terceros propietarios legítimos de los referidos inmuebles, debidamente registrados en Derechos Reales (DD.RR.). En razón a ello, iniciaron trámites en la Unidad de Obras Públicas Municipales del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, para obtener línea y nivel y otros que les permitan construir; empero, hace un poco más de tres años, vecinos de las urbanizaciones aledañas como son “Japo Machacamarca” y “Puerta del Sol”, presentaron denuncias al Ministerio Público y la Unidad de Obras Públicas Municipales reclamando que su propiedad sería área verde municipal. Como emergencia de esas denuncias sus trámites quedaron paralizados y fueron objeto de un proceso sancionador por construcción clandestina, cuya Resolución de primera instancia fue la demolición de sus viviendas, la cual fue posteriormente revocada reconociendo su derecho propietario y la inexistencia de áreas verdes.

No obstante lo expuesto, los vecinos liderados por los ahora demandados, continuaron con amenazas entorpeciendo la prosecución de los trámites mencionados. Así, el 12 de diciembre de 2013, sin esperar la resolución final que sería dictada por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro el 20 del mismo mes y año, dando solución definitiva, incitaron a vecinos mediante altavoz, para luego reunirse en sus propiedades y proceder a la destrucción de los muros perimetrales y saquear material de trabajo y herramientas, hecho que fue denunciado ante las autoridades municipales así como al Ministerio Público, quienes no hicieron nada al respecto. Luego, el 24 y la madrugada del 25 de abril de 2014 volvieron a realizar actos vandálicos contra sus propiedades y familia, ingresando nuevamente con violencia, armados de picotas y fierros para destruir los muros y nuevamente saquear el material de construcción y herramientas con la amenaza de muerte hacia ellos y sus familias, y derribar las viviendas ya construidas con camiones y tractores; por lo que ante esa actitud de vandalismo y violencia desatada en la zona, interpusieron denuncia formal ante el Ministerio Público y la Policía, quienes les respondieron que sólo protegen propiedad del Estado y no así la propiedad privada, es decir que las amenazas continúan y permanecen viviendo en constante zozobra, pues no saben en qué momento van a volver a ingresar a sus propiedades para efectivizar la amenaza de destruir su propiedad, debido que se enteraron que están incitando a los vecinos para desalojarlos ya que sus reuniones se realizan frente a sus inmuebles en tono fuerte y amenazante.

Añaden, que ante el hecho de que las investigaciones y el proceso durarán mucho tiempo y dado el inminente peligro que corren sus propiedades así como sus familias, interponen la presente acción de amparo constitucional, debido a que fueron sujetos de intentos de avasallamiento y despojo de sus propiedades destinadas a viviendas familiares por parte de los ahora demandados, quienes sin documentación ni fundamento legal alguno pretendieron consolidar dicho despojo.