SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S2

Fecha: 23-Feb-2015

1)

Ever Richard Veizaga Ayala y Gina Luisa Castellón Ugarte, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por informe escrito cursante a fs. 119, informaron lo siguiente: 1) Sobre el punto relacionado a que se habría puesto a su conocimiento la pérdida de competencia de la Jueza de Instrucción Mixta, Liquidadora y Cautelar de Sipe Sipe, y que se hubiera vuelto a remitir el proceso a la Sala Penal Segunda; este aspecto no es evidente por cuanto del informe verbal de la Secretaria de Cámara y de la revisión del sistema IANUS, la causa no volvió a ingresar a dicha Sala; y, 2) En relación a la acción de libertad interpuesta por el accionante respecto al Auto de Vista de 3 de abril de 2014, el mismo se encuentra debidamente fundamentado y motivado, de manera congruente al asunto planteado, consiguientemente no se vulneró el derecho al debido proceso, correspondiendo denegar la tutela solicitada.