SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 160/2014 de 10 de julio, cursante de fs. 123 vta. a 125 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que en el día, YPFB proceda a la reincorporación del accionante, además del reconocimiento de todos sus derechos laborales constituidos, los cuales deberán ser calificados por la instancia administrativa; es decir, la Inspectoría del Trabajo, a efecto de su cancelación, fallo que fue emitido con los siguientes fundamentos:     a) Los Decretos Supremos (DDSS) 0012 y 0495 de 1 de mayo de 2010, establecen que los derechos primarios como el derecho a la vida del gestante o recién nacido no pueden estar sometidos al agotamiento de la vía ordinaria, puesto que tanto la madre como el hijo merecen la protección constitucional conforme lo establece la SCP “1197/2013”, toda vez que a momento de rescindir el contrato, la esposa de accionante se encontraba en gestación, naciendo su hijo el 14 de febrero de 2014, por lo cual goza de la protección constitucional por ser padre progenitor; y,                b) Existe una conminatoria de 2 de abril de 2014, emitido por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, para que la entidad estatal proceda a la reincorporación del accionante a su fuente laboral, conminatoria que puede ser objetada por la empresa, sin que implique la suspensión de la ejecución de la misma; correspondiendo otorgar la tutela.