SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

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El apoderado del demandado, Carlos Villegas Quiroga, Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB, manifestó que: i) No se dio cumplimiento a la conminatoria de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, a quien se solicitó decline jurisdicción y competencia, explicándole que el ahora accionante no impugnó ante la entidad empleadora la rescisión de su contrato, debiendo agotar la vía haciendo uso de los recursos que proveen las normas de responsabilidad por la función pública; ii) La entidad estatal, optó rescindir el contrato de trabajo del accionante, por haber presentado títulos supuestamente adulterados, hecho que está en etapa de investigación, pues si bien no son los originales, las fotocopias son totalmente adulteradas, a lo que se agrega lo informado por la “Universidad”, respecto a que los documentos no le corresponden al accionante, sino a otra persona, lo que motivó se tome la decisión de su retiro; razón por la cual, la empresa estatal cree que la orden de reincorporación emitida por el Jefe Departamental de Trabajo no se sujeta a nuestro ordenamiento jurídico; y, iii) La recisión del contrato es de 19 de noviembre de 2013, y la presente acción de defensa se interpuso por Agustín Justiniano Salvatierra el 29 de mayo de 2014; es decir, después de los seis meses establecidos al efecto, incumpliendo lo dispuesto en el art. 55 del Código Procesal Constitucional (CPCo); solicitando por lo argumentado, se deniegue la tutela peticionada.