Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.5.
II.5. YPFB, mediante memoriales presentados el 7 de marzo y 4 de abril, ambos de 2014, solicitó al Jefe Departamental de Trabajo, decline jurisdicción y competencia por la existencia de hechos controversiales a efectos de que la parte interesada, si creyera tener algún derecho espectaticio, recurra a la vía legal correspondiente dentro de un proceso justo y equitativo (fs. 32 a 34; 99 a 100).