SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de estafa y estelionato, solicitó al Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, la cesación a su detención preventiva, impuesta desde el 5 de abril de 2013, y que sobrepasó el mínimo legal de la pena establecida para los delitos referidos (un año); sin embargo, su petición fue rechazada con el argumento de que debería acompañar todo el cuaderno de control jurisdiccional para valorar su comportamiento en la tramitación de la causa en etapa preparatoria, ya que era insuficiente la documentación presentada; determinación que fue confirmada por los Vocales demandados sin considerar ni entrar en análisis de la causa, vale decir que no se verificó si existía o no dilación de su parte para la otorgación o rechazo de la cesación a la detención preventiva.