Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
I.1.3. Petitorio
El accionante a través de su representante, solicita se conceda la tutela, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista de 10 de julio de 2014, y en consecuencia las autoridades demandadas pronuncien uno nuevo en el plazo de tres días de su legal notificación, analizando el fondo de la solicitud de cesación a la detención preventiva a fin de otorgar o rechazar la misma.