SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015-S2

Fecha: 23-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal, seguido contra el accionante, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, la representante del Ministerio Público, al no haber encontrado elementos de prueba que sustenten una posible acusación, resolvió emitir Resolución de sobreseimiento, el 8 de abril de 2014, la que fue puesta a conocimiento del Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, el 9 del mismo mes y año, en la que además se solicitó, la cancelación de todas las medidas asumidas contra el accionante, como la cesación de su detención preventiva; sin embargo, la indicada Resolución no fue notificada a las partes, desde hace tres meses atrás, así como tampoco se la remitió a la Central de Notificaciones del Ministerio Público; violando de esa manera derechos constitucionales y provocando restricción a los derechos a la libertad y al debido proceso del accionante, ya que el Fiscal de Materia, tenía la obligación de poner en conocimiento de las partes la Resolución de sobreseimiento, para efectos posteriores.