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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015-S2

    Fecha: 23-Feb-2015

    II.3.

    II.3.  Por requerimiento de 8 de julio de 2014, la Fiscal de Materia, Mónica de la Riva Irahola, solicitó al Responsable de la Central de Notificaciones de la Fiscalía Departamental de La Paz, que notifique a Ana María Mamani Marce y Kevin Franz Vargas Gutiérrez, con la Resolución de sobreseimiento de 8 de abril de 2014, dentro del proceso penal signado con el FIS 9612/2013. (fs. 23).

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • corresponde al juez ejercer el control jurisdiccional de la investigación y, por lo mismo, que ésta se desarrolle de manera correcta e imparcial y no en forma violatoria de derechos fundamentales o garantías constitucionales; es decir, desde otra perspectiva, cualquier acto ilegal y/o arbitrario durante la investigación en que incurriere el Ministerio Público como titular de la acción penal o la Policía Boliviana como coadyuvante, deberá ser denunciado ante el Juez de Instrucción en lo Penal, que tenga a su cargo el control jurisdiccional de la investigación
    • III.3.
    • REVOCAR en todo

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