SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.5.Otras consideraciones

La Jueza de garantías no realizó una correcta valoración del caso,  resolviendo una problemática que no fue planteada, por ello es recomendable que para futuros casos se enmarque a lo peticionado por el accionante, a efectos de no generar duda o tergiversar lo realmente pretendido; asimismo, a efectos de confirmar o revocar la resolución pronunciada, corresponde dictar una resolución señalando textualmente si se concede o deniega la tutela, si es en parte también hacerlo constar, en si tomar en cuenta el art. 37 del CPCo, para que como Tribunal Constitucional Plurinacional, se actúe conforme al art. 44 del Código citado.