SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S3

Fecha: 20-Feb-2015

II.1.

II.1.          Dentro del proceso disciplinario instaurado a denuncia de Javier Landívar Roca -hoy accionante- en representación de Lucy Salinas Vda. de Landívar contra Alaín Núñez Rojas, Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Editha Pedraza Becerra, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia; mediante Auto 29/13 de 26 de abril de 2013, la Jueza Tercera Disciplinaria de la oficina departamental de Santa Cruz del Consejo de la Magistratura, desestimó la denuncia planteada por falta gravísima,  por la presentación de una recusación que a juicio del denunciante no fue resuelta; con el argumento de que no se acreditó con pruebas tal falta prevista en el art. 188.I.1 de la LOJ, por lo que no podía tramitarse la denuncia disciplinaria; indicando que lo disciplinario está fuera de lo procesal (fs. 101 y vta.).