Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la lesión de los derechos invocados en la presente acción tutelar, señalando que trabajaba desde hace mucho tiempo en diferentes unidades en el Gobierno Autónomo Municipal de Icla; y; el año 2012, aprovechando que no sabía leer ni escribir, mediante presión, se le obligó a firmar contratos eventuales con vigencia de un año, siendo el ultimó hasta el 31 de enero de 2013, y a pesar que pidió su recontratación haciendo notar que es madre de una persona con capacidades diferentes, las autoridades demandadas se negaron a atender tal solicitud.
- acción de amparo constitucional
- “…VOCAL DEL COMITÉ DE ELIMINACIÓN DE RECIDUOS SÓLIDOS del Municipio de ICLA…”
- “…VOCAL 6 DEL COMITÉ DE BIOSEGURIDAD Y ELIMINACION DE RECIDUOS SOLIDOS DEL MUNICIPIO DE ICLA…”
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al no existir más de dos contratos sucesivos a plazo fijo (art. 2 del DL 16187), no puede entenderse que se convirtió en uno indefinido
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR