SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

II.1.

II.1.    La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante nota CITE 673/2013 de 5 de septiembre, dirigida al Tribunal Primero de Sentencia Penal del mismo departamento, procedió a la devolución de obrados, en previsión a lo dispuesto por providencia de 5 de septiembre de ese año, refiriendo el incumplimiento del art. 120 inc. 4) del CPP, y no cursar en el legajo de la apelación la Resolución 41/2013 de 16 de agosto, incumpliendo el art. 251 de la citada norma procesal penal (fs. 13).