SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2015-S2
Fecha: 25-Feb-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de homologación de asistencia familiar, seguido por Juanito Villarroel Luna en su contra, la autoridad judicial demandada, emitió el Auto Definitivo 97/2012 de 4 de octubre, homologando el documento suscrito entre ambas partes, sin que se le hubiese citado previamente o corrido traslado con la demanda, y pueda de esa manera, asumir defensa y presentar sus descargos; posteriormente dispuso la liquidación de la asistencia familiar supuestamente devengada, a cuya consecuencia se encuentra privada de libertad; toda vez que, la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil y Familia, libró en su contra, el mandamiento de “aprehensión” 17/2014 de 14 de mayo, por supuesta mora en la cancelación de asistencia familiar; no obstante, existir irregularidades en la notificación con la demanda principal.
Por estas anomalías, se vio en la necesidad de presentar ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil y Familia de la ciudad de Yacuiba el 1 de agosto de 2014, un incidente solicitando la nulidad de obrados hasta la admisión de la demanda de homologación de asistencia familiar y se libre mandamiento de libertad, por haberse vulnerado la garantía del debido proceso en su vertiente del derecho a la defensa.