SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III.5.  Actuación del Tribunal de garantías

La Sala del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, denegó en parte la tutela al accionante, en base a la SC 1972/2011-R de 7 de diciembre, disponiendo que el Comandante Departamental de la FELCN, así como el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, remitan todos los antecedentes sobre el caso al Juez cautelar de turno, para que éste proceda conforme a ley sobre lo peticionado por el accionante.

Sin embargo, al ser la mencionada Sentencia Constitucional superada, conforme ya se analizó anteriormente, corresponde en razón a la ejecución inmediata de las resoluciones constitucionales pronunciadas por los Jueces y Tribunales de garantías (arts. 36.8 y 40 del CPCo) y a que la Resolución 22/2014, tomó como fundamento a la SC 1972/2011-R, mantener lo dispuesto por el Tribunal de garantías en el presente caso.