Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.5.
II.5. La Fiscal de Materia, Elda Choque de Claros, con relación al incidente concluyó “…respecto a fallos ejecutoriados, y ante el avance del presente caso, que ha ido precluyendo derecho que no fueron reclamados oportunamente, su autoridad debe rechazar, la actividad defectuosa planteada, bajo la pretensión de nulidad de obrados” (sic) ( fs. 679 y vta.).