SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso de investigación seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, se presentó imputación formal contra Henry Arbey Macías Hernández, haciéndose referencia que habría sido detenido en inmediaciones del rio Blanco, portando una mochila con gran cantidad de adhesivos en forma de tribal, stickers que servirían para adherir y sellar los paquetes de clorhidrato de cocaína; y, para identificar la calidad y la pertenencia al grupo de traficantes; de igual modo, en dicho operativo se habría encontrado 288 paquetes en forma de ladrillos que dio resultado positivo para cocaína; posteriormente se solicitó su detención preventiva (fs. 60 a 62 vta.); por lo que, la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal de Montero, en la audiencia de medidas cautelares de 28 de febrero de 2014, dispuso su detención preventiva (fs. 36 a 50 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad; reconducción de línea jurisprudencial
- en consecuencia, tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad; pues, de lo contrario, si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad, correspondiendo su tratamiento, una vez agotados todos los medios intra procesales, a la acción de amparo constitucional, como medio de defensa idóneo en el jurisdicción constitucional para reparar y subsanar los defectos procesales en que pudieran haber incurrido tanto servidores públicos como personas particulares.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR