SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
Fragmento 18
En ese sentido, en cumplimiento de la Resolución de Recurso Jerárquico, la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Santa Cruz, emitió la Resolución del recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0005/2014, con la que confirmó la Resolución Determinativa 17-00680-12, señalando que: a) Sobre la nulidad de la referida Resolución Determinativa, que fue resuelta por la AGIT, a través de la Resolución Jerárquica, estableciendo que se cumplió con la determinación de la base imponible por la utilización del método de “base cierta”, por lo que no merecía ninguna consideración; b) Al no ser evidente la vulneración el principio non bis in ídem, porque si bien se trata del mismo contribuyente, no existe similitud de objeto, en razón de que la verificación se la efectuó a diferentes facturas; c) Se constata que la Resolución Determinativa, contiene fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen a los reparos determinados; es decir, indica en forma clara que conforme a la información proporcionada por “ASFADE INTEGRAL S.R.L.”, se verificó el uso indebido del crédito fiscal, por declarar facturas que no cumplen con los requisitos establecidos en las normas, consignando una relación de los hechos que motivan el pronunciamiento; d) Respecto al respaldo técnico que sustenta la Resolución Determinativa señalada, refiere que existía el análisis de las facturas presentadas, detallando una por una de las originales, evidenciando que las transacciones no fueron efectivamente ejecutadas, pues las compras realizadas a los proveedores se refieren a otros rubros; y, e) Con relación a la omisión de pago, menciona que el recurrente, determinó incorrectamente el impuesto al IVA, beneficiándose de un crédito fiscal que no cumplía a cabalidad con los requisitos establecidos por la norma, en base a las facturas detalladas, lo que conlleva a la calificación y aplicación de la sanción, por omisión de pago, de acuerdo a lo establecido por el art. 165 del CTB.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- aclaración, complementación y enmienda
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- III.2. Derecho a la defensa y proceso administrativo
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20