SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La empresa accionante, alega la vulneración de los derechos, al debido proceso, a la defensa y al principio de seguridad jurídica; toda vez que, dentro del proceso de verificación de las facturas que respaldan el crédito fiscal declarado durante los periodos fiscales de enero, febrero, marzo, mayo, junio, septiembre, noviembre y diciembre de 2008, la Gerencia Distrital GRACO Santa Cruz del SIN, emitió la Vista de Cargo 0012-821-0012OVE01547-0417/2012, en la que no se señaló la base imponible utilizada para determinar el adeudo tributario. Posteriormente, se dictó la Resolución Determinativa 17-00680-12, estableciendo en contra de la parte accionante, un adeudo tributario de UFV's3 535 943.-, incurriendo en la misma omisión, motivando que interponga recurso de alzada, instancia que confirmó la referida Resolución Determinativa, la que se mantiene firme y subsistente; al haber sido confirmada mediante su similar AGIT-RJ 0524/2014, dictada dentro del recurso jerárquico que planteó. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión si los extremos demandados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- aclaración, complementación y enmienda
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- III.2. Derecho a la defensa y proceso administrativo
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20