SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

i)

Milena Gutiérrez Antezana, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero, por informe presentado el 22 de agosto de 2014, cursante a fs. 23 y vta., señaló que: i) Por Resolución 203/2014, se declaró improbada el incidente de actividad procesal defectuosa; ii) Por Resolución 204/2014, se declaró por cumplido el acto conclusivo, saneada la etapa preparatoria intermedia ordenado la remisión de antecedentes, las acusaciones Fiscal y particular, la prueba ofrecida y admitida a efecto de sustanciarse el juicio oral y contradictorio ante el Tribunal competente; iii) Notificadas las partes, el 21 de abril de 2014, la accionante interpuso recurso de apelación incidental, contra la Resolución 203/2014, luego de notificadas las partes con dicho actuado, fue remitido el cuadernillo de apelaciones ante el Tribunal de alzada; y, iv) Del libro de altas y bajas se advierte la remisión del indicado recurso de apelación; así también, se evidencia la remisión de antecedentes en originales al Tribunal de Sentencia, mediante la oficina de demandas nuevas.