SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad

Al respecto, la SCP 0026/2015-S2 de 16 de enero, recogiendo precedentes jurisprudenciales anteriores, reiteró el entendimiento que sobre el particular fue adoptado por el extinto Tribunal Constitucional, ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional, señalando lo siguiente: “La                  SCP 0682/2013-L de 19 de julio, reiterando el entendimiento asumido en la SCP 0741/2012 de 13 de agosto, refirió: 'A diferencia de las otras acciones tutelares, de modo general, la acción de libertad no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad; sin embargo, dicha regla admite una excepción cuando el afectado previo a interponer este medio de defensa, tenía a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación, más oportunos y eficaces que el presente mecanismo para el restablecimiento de sus derechos supuestamente restringidos, suprimidos o amenazados; por lo tanto, sólo ante su agotamiento y persistencia es posible activar esta jurisdicción, invocando la tutela que brinda la misma.