SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.6.

II.6.  Por proveído de 20 de mayo de 2014, la Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Tupiza, dispuso lo siguiente: “Conforme lo determina el AUTO DE VISTA 06/2011 dictada por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Potosí, las apelaciones incidentales en la etapa preparatoria se difiere la tramitación del recurso hasta que se produzca sentencia en primer grado, debiendo remitirse los antecedentes al Juez competente conforme se ha dispuesto en audiencia, debiendo además remitirse los elementos de convicción, el presente memorial, declaración del imputado entre otros”  (fs. 168).