Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
II.2.
II.2. El 15 de mayo de 2014, mediante nota dirigida al Secretario Ejecutivo de la Confederación Nacional de Chóferes de Bolivia, la Federación Departamental del Auto Transporte “15 de Abril” solicitaron se ordene la suspensión de manera inmediata y anulación del trámite de personería jurídica para el Sindicato Mixto de Transporte “Neto Tarijeño”, por estar desafiliado conforme a la Resolución de Directorio de 24 de abril de 2014 y denuncias presentadas por algunos sindicatos de dicho gremio (fs. 20 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- …comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos’
- la naturaleza del debido proceso es reconocida por la Constitución en su triple dimensión: como derecho fundamental de los justiciables, de quien accede reclamando justicia, la víctima y de quien se defiende el imputado. A la vez es un principio procesal, que involucra la igualdad de las partes art. 119.I CPE y una garantía de la administración de justicia, previniendo que los actos del proceso se ceñirán estrictamente a reglas formales de incuestionable cumplimiento
- potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea
- por ello es inviolable por las personas o autoridades que impidan o restrinjan su ejercicio, por ello en caso de constatarse la restricción al derecho fundamental a la defensa, se abre la posibilidad de ser tutelado mediante el amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR en todo