AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2015-RCA

Fecha: 16-Mar-2015

Disponer que el Tribunal de garantías, en cumplimiento del art. 30.I.1 del citado Código, otorgue a la accionante el plazo de tres días para que pueda subsanar la observación realizada en el presente Auto Constitucional y de ser así admita la acción de amparo constitucional, previos los trámites       de rigor, en audiencia pública de consideración determine lo que corresponda en derecho concediendo o denegando la tutela.