AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2015-RCA

Fecha: 16-Mar-2015

“únicamente”

Declarando al efecto la  inconstitucionalidad de la palabra “únicamente” del parágrafo IV del artículo 10 del DS 28699, incorporado por el DS 0495; y de la Resolución Ministerial (RM) 868/10; permitiendo de esta manera en ejercicio del derecho a la doble instancia en sede administrativa, la impugnación de la Conminatoria de reincorporación, “a través del trámite previsto por los arts. 56 a 68 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), lo que por cierto no es óbice, como lo aclara la referida SCP 0591/2012, para la ejecución inmediata de la Conminatoria de reincorporación, una vez que ésta fue pronunciada” (las negrillas son añadidas)             (Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0095/2014-S3,     0020/2014-S3, 1171/2014, 1044/2014, 1015/2014 y 1014/2014).