Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2015-RCA
Fecha: 31-Mar-2015
I.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y se deje sin efecto el Auto Supremo 018/2014 de “6” de agosto, emitido por la Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, disponiendo que los Magistrados integrantes de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia pronuncien nuevo auto supremo respetando su derecho al debido proceso, dictando una resolución fundamentada y motivada, aplicando lo dispuesto por el art. 8 de la Ley 2492 y el 131 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre la prevalencia de la justicia material
- no es posible admitir la exigencia de extremados ritualismos o formalismos, que eclipsen o impidan su materialización, dado que todo ciudadano tiene derecho a una justicia material, como se desprende de lo estipulado por el art. 1 de la CPE, por lo que, debe garantizarse que las decisiones de las autoridades jurisdiccionales a cargo del proceso, sean producto de apreciaciones jurídicas, procurando la resolución de fondo de las problemáticas sometidas a su jurisdicción y competencia…'”