Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0082/2015 de 12 de marzo, correlativa a la DCP 0075/2014 de “13 de octubre”, por los fundamentos de orden
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia respecto a la DCP 0082/2015 de 12 de marzo, correlativa a la DCP 0075/2014 de “13 de octubre”, por los fundamentos de orden

Fecha: 12-Mar-2015

II.1.

         En este entendido, la DCP 0082/2015 no guardó coherencia con respecto a determinados aspectos que se puntualizarán a continuación; sin embargo, este acápite no implica una manifestación de conformidad o inconformidad con la decisión asumida, sino solamente se considerarán aspectos que los suscritos creen que afectan al principio congruencia, aclarando que el análisis sobre el fondo de la decisión asumida por la referida Declaración Constitucional Plurinacional, respeto a determinados artículos del proyecto de COM de Arbieto, se analizarán en su oportunidad en los apartados II.2. y II.3 del presente voto disidente.