Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015-S3
Fecha: 06-Mar-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 12/2014 de 13 de junio, cursante de fs. 125 a 127 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal y Liquidador de Quillacollo del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haberse ingresado al fondo del asunto planteado.
- acción de amparo constitucional
- Mario Antezana León
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inobservancia al principio de inmediatez
- transcurridos seis meses y dos días
- III.2.1.
- CONFIRMAR