Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015-S3
Fecha: 06-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo al debido proceso, al principio de seguridad jurídica como componente del debido proceso, a la igualdad jurídica, principio de legalidad; toda vez que, en ejecución de fallos dentro del proceso civil ejecutivo seguido contra Juan José Valdez Mercado, se apersonó Mario Antezana León, en calidad de propietario del bien inmueble objeto de remate, sin acompañar prueba alguna, suscitando incidente de nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo, que fue rechazado, no obstante en apelación mediante Auto de Vista de 29 de abril de 2013, fue revocado con un fundamento ambiguo y contradictorio.
- acción de amparo constitucional
- Mario Antezana León
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inobservancia al principio de inmediatez
- transcurridos seis meses y dos días
- III.2.1.
- CONFIRMAR