SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2015-S3

Fecha: 12-Mar-2015

II.1.

II.1. A fs. 8 cursa contrato de prestación de servicios de 1 de enero de 2012, suscrito entre el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro y Lirio Veruschka Soliz Carpio, para desarrollar funciones como Técnico en Ventanilla Única de Obras Públicas, con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012; contrato que fenece sin necesidad de requerimiento y/o preaviso alguno al contratado, por lo que se prescindirá de sus servicios simple y llanamente, así como también se estableció que no procede de forma alguna la tácita reconducción del mismo.