SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015-S3

Fecha: 05-Mar-2015

Fragmento 6

Gina Margarita López García, Directora del SEDEGES, mediante informe cursante de fs. 13 y vta., manifestó: 1) El abogado se apersonó a dependencias de esa institución para pedir celeridad en la realización del informe psicosocial solicitado en el otrosí tercero de la demanda de 24 de junio de 2014, la misma que fue tratada por conducto regular de toda la institución, imposibilitándose el curso de su petición, toda vez que el la autoridad judicial que conoce la causa, quien es Wilfredo Heredia Rodríguez, Juez Tercero de Familia del Departamento de Oruro, mediante decreto de 26 de junio del citado año, indicó: “ … AL OTROSÍ 3°.-  Aguárdese…” (sic), con ello indican que el Juez no dio curso a su solicitud, por lo que dicha Institución no puede actuar de oficio sin orden judicial o requerimiento Fiscal, situación que fue explicada al abogado de la parte ahora accionante; y, 2) Con relación al hecho de que el Juez dispuso la intervención del SEDEGES, aclaran que dicha institución debe tener conocimiento de la causa y responder a cualquier solicitud, aspecto que se cumplió al apersonarse el 4 de agosto de 2014.