SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2015-S3

Fecha: 05-Mar-2015

III.1. La legitimación pasiva en la acción de libertad

Esta acción de defensa carece de formalidades rígidas en su presentación posibilitándose así su admisión inmediata; sin embargo, el accionante tiene la obligación de señalar a las personas o funcionarios públicos que supuestamente protagonizaron la vulneración de su derecho fundamental a la libertad o que podrían haberlo evitado y no lo hicieron en virtud del principio de subsidiariedad, dado que, en caso de encontrarse cierta la transgresión alegada, debe existir un responsable identificado con el fin de poder ordenarle el cese de la amenaza, la restitución del derecho o la reparación del daño ocasionado.