Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por intermedio de su abogado, ratificó y reiteró in extenso los argumentos de su demanda y ampliándolo señaló que, no existen informes de inspección respecto al tipo de trabajo que realizó en la empresa NUDELPA Ltda., siendo evidente que inicialmente fue contratado de forma verbal y que no se efectuaron los aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), reiterando su petitorio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención del Ministerio Publico
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los contratos laborales a plazo fijo, su relación con la protección a la mujer en estado de embarazo y su alcance a los padres progenitores
- III.2. Análisis del caso concreto
- transcurrido ochos meses y 17 días
- 1°
- 2°