SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S3

Fecha: 20-Mar-2015

a)

En audiencia, el abogado del accionante, ratificó los términos expuestos en la demanda y los amplió indicando lo siguiente: a) Respecto al supuesto cumplimiento de la conminatoria, se evidencia que los supuestos memorandos de reincorporación se presentaron recién el 21 de enero de 2014, es decir, de manera extemporánea; b) En cuanto, a la vulneración del debido proceso, no correspondía su consideración, ya que debería reclamarlo por cuerda separada, y; c)  En relación a la falta de legitimación pasiva del codemandado, Jorge Guillermo Núñez del Prado Arana , se hizo referencia a que la conminatoria  se hubiese emitido contra ambos y no hubiese reclamado a ésta, por cuanto estaría aceptando tácitamente la obligaciónen su calidad de propietario de la empresa.