SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S3

Fecha: 20-Mar-2015

III.2. Análisis del caso concreto

De obrados se evidencia, que el accionante fue reconocido como Secretario General del Sindicato de Trabajadores de NUDELPAG Ltda., a través de la RA 011/2013 de 1 de noviembre, por la gestión 2012 - 2014; pero, fue despedido el 23 de diciembre de 2013. Acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, donde el 26 de diciembre de 2013, los demandados presentaron recusación contra el Inspector de Trabajo de dicha institución, alegando que existiría amistad íntima con el ahora accionante. Luego, se emitió la conminatoria 002/2014 de 6 de enero, que instruyó a los demandados a la inmediata reincorporación del accionante, más el pago de salarios devengados y demás derechos que correspondan a favor del trabajador afirmando que el despido es injustificado, existiendo incluso una vulneración al debido proceso al despedirlos sin proceso interno, ni tampoco proceso de desafuero.