Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2015-S3
Fecha: 11-Mar-2015
II.2.
II.2. El 11 de junio de 2014, a través de escrito presentado ante el Fiscal de Materia de turno adscrito a la FELCC de Vinto del departamento de Cochabamba, Rudi Franz Bedoya Salinas, formuló denuncia contra Domingo Huanca Ayanome, Carmelo Alba Antezana, Isidro Tola Siles, Germán Tordoya y Eugenio Ramiro Huanca Ayanome, por la presunta comisión de los delitos de “tentativa”, lesiones graves, leves y amenazas (fs. 48 a 49).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 8
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR