Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2015-S3
Fecha: 11-Mar-2015
Fragmento 12
En el presente caso, el acto lesivo denunciado es el hecho de que el ahora accionante no se le habría permitido el asumir defensa material al negarle el interrogatorio a un testigo, en ese sentido en la misma audiencia solicitó se reponga la decisión del Presidente del Tribunal, motivo por el cual interpuso el recurso de Reposición, al respecto los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia (miembros del Tribunal) mantuvieron la decisión de no permitirle interrogar al testigo, hecho que implica una flagrante lesión al debido proceso y a su derecho a la defensa material, que es una garantía jurisdiccional establecida en la Constitución Política del Estado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR