Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2015-S3
Fecha: 26-Mar-2015
concedió
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 13/2014 de 5 de agosto, cursante de fs. 56 a 59 vta., concedió la tutela; por ende, dejó sin efecto la Resolución “164/2014” (lo correcto es 169/2014), pronunciada por el Gobernador del departamento de Tarija, Lino Condori Aramayo -hoy demandado-, disponiendo se pronuncie sobre el fondo de la “apelación” interpuesta por la CIBO S.A. -actualmente accionante-; además, dejó sin efecto y suspendió toda medida ejecutiva en tanto se resuelva el “recurso jerárquico”.
- acción de amparo constitucional
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- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- 1)
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración: Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR