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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2015-S3

    Fecha: 26-Mar-2015

    II.1.3.

    II.1.3.   Se desestimó la impugnación de la empresa actualmente accionante, argumentando que su representante legal carecía de facultades para interponer dicho recurso; lo que significa que el poder no era suficiente, conforme lo exige el art. 93 de las NB-SABS, así como lo establecido en el art. 13 de la LPA.

    • acción de amparo constitucional
    • ADQUISICIÓN DE TOMÓGRAFO PARA EL PROYECTO: EQUIPAMIENTO HOSPITAL REGIONAL SAN JUAN DE DIOS TARIJA
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • 1)
    • II.1.1.
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración: Jurisprudencia reiterada
    • Fragmento 12
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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