SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2015-S3

Fecha: 25-Mar-2015

denegó

El Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 05/2014 de 19 de agosto, cursante a fs. 45 y vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) El presente caso se encuentra bajo control jurisdiccional de la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, conforme a los arts. 54.1 y 279 del CPP; y, 2) El art. 251 del citado Código, establece que la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares será apelable en el plazo de setenta y dos horas, por lo que las autoridades demandadas resolvieron la apelación presentada, el 7 de febrero de 2014, oportunidad en la que revocaron el fallo de primera instancia, en razón a que consideraron que la Jueza de la causa no fundamentó debidamente su Resolución, criterio jurisdiccional de la instancia superior, que debe ser cumplido a cabalidad.